Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0123

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 626 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos García Collado, contra “Club SR Villaverde Boetticher CF”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de abril de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 27 de abril de 2009 ha correspondido a este Juzgado de lo social, por turno de reparto, la demanda presentada por don Juan Carlos García Collado, contra “Club SR Villaverde Boetticher CF”, en materia de despido, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 29 de abril de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 20 de octubre de 2009, a las diez y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admiten los medios de prueba propuestos en el otrosí.

Respecto a la confesión judicial o interrogatorio de partes no ha lugar a la exigibilidad de que el representante procesal de la empresa sea la persona concreta designada por el demandante, sin perjuicio de que sea propuesto por la parte como testigo, expídase la correspondiente cédula de citación.

Respecto a la documental 1, se requiere al demandado “Club SR Villaverde Boetticher CF”, a fin de que aporte en el acto del juicio la documentación solicitada por la parte actora en su escrito de demanda.

Respecto a la documental 2, requiérase a la Real Federación de Fútbol de Madrid, a fin de que facilite la información solicitada por la parte actora en su escrito de demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Club SR Villaverde Boetticher CF”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.386/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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