Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-09-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0098

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE VIGO

EDICTO

Doña Marta Lagos Suárez-Llanos, secretaria de lo social del número 4 de Vigo.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Cándido Bermúdez Pazos, contra Fondo de Garantía Salarial, “Naviera de Gasóleos y Derivados, Sociedad Limitada”, y “Suministros de Petróleos a Buques, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidades-ordinario, registrado con el número 721 de 2009, se ha acordado citar a “Naviera de Gasóleos y Derivados, Sociedad Limitada”, y “Suministro de Petróleos a Buques, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 15 de enero de 2010, a las diez y cincuenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 4, sito en la calle Lalín, número 4, tercera planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Naviera de Gasóleos y Derivados, Sociedad Limitada”, y “Suministro de Petróleos a Buques, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Vigo, a 31 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.406/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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