Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0096
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE BILBAO EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Izaskun Ortúzar Abando, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Bilbao (Bizkaia). Hago saber: Que en autos número DES-723 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don José Antonio Aguirre Colecha, contra las empresas “Sitel Ibérica Teleservice, Sociedad Anónima”, “Redes de Fuerzas de Ventas, Sociedad Limitada”, y “Teleaction, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Bilbao (Bizkaia), a 24 de julio de 2009. Parte dispositiva: Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 6 de octubre de 2009, a las diez y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados. Adviértase a las partes: 1. Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). 2. Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda (artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). 3. Que la incomparecencia injustificada de las demandadas citadas en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). Respecto de la prueba solicitada se acuerda: Acceder al interrogatorio de los representantes en juicio de “Sitel Ibérica Teleservice, Sociedad Anónima”, “Redes de Fuerzas de Ventas, Sociedad Limitada”, y “Teleaction, Sociedad Anónima”, para que declaren sobre los hechos y circunstancias objeto del pleito por los que se les pregunte y que el tribunal declare pertinentes. El interrogatorio tendrá lugar el día y hora anteriormente señalados y a los representantes en juicio de las personas jurídicas se les citará con el apercibimiento de que si no comparecen y no justifican el motivo de la incomparecencia el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubieren intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos les sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil). Se requiere a la parte demandada, mediante la notificación de esta resolución, para que presente los documentos que estén en su poder y han sido solicitados por el actor, y fotocopias de los mismos; advirtiéndole que podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte que reclama los documentos si deja de presentarlos sin causa justificada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). La documentación requerida es la siguiente: Contratos de trabajo suscritos con el actor. Nóminas de los trabajadores correspondientes al último año. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez don Diego Orive Abad. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Redes de Fuerzas de Ventas, Sociedad Limitada”, y “Teleaction, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Bilbao (Bizkaia), a 20 de agosto de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/28.407/09) |

