Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0054
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO En el juicio de procedimiento ordinario número 1.077 de 2006, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente: Sentencia En Madrid, a 17 de abril de 2009.—La ilustrísima señora doña Milagros del Saz Castro, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.077 de 2006, a instancias de don Mariano Torres Puya, don Fernando Vega Fernández, “Internacional de Supervisión y Verificación, Sociedad Limitada”, y Organización de Calidad y Medio Ambiente, representados todos ellos por la procuradora señora Rodríguez Ruiz y asistidos del letrado don Carlos Eduardo Castro Aparicio, contra la Organización Mundial de la Cruz de Malta, en rebeldía procesal. Fallo Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora señora Rodríguez Ruiz, en nombre y representación de “Internacional de Supervisión y Verificación, Sociedad Limitada”, don Mariano Torres Puya, don Fernando Vega Fernández y Organización de Calidad y Medio Ambiente, frente a Organización Mundial de la Cruz de Malta, en situación procesal de rebeldía, debo: 1. Declarar y declaro que la demandada ha recibido de don Mariano Torres Puya, don Fernando Vega Fernández y Organización de Calidad y Medio Ambiente la suma conjunta de 80.000 euros como caución exigida en el contrato suscrito entre ambas partes el 10 de marzo de 2004. 2. Declarar y declaro la resolución del contrato suscrito el 10 de marzo de 2004, por incumplimiento de la demandada, condenándole a estar y pasar por esta declaración. 3. Condenar y condeno a la demandada a abonar a los actores antes citados la suma de 80.000 euros como reintegro de la caución prestada a la que se hace referencia en el punto primero. 4. Condenar y condeno a la demandada a abonar a la entidad “Internacional de Supervisión y Verificación, Sociedad Limitada”, la suma de 144.280,25 euros, más el interés legal de esta suma desde la fecha de presentación de la demanda. 5. Condenar y condeno a la demandada al abono de las costas procesales causadas. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe en Madrid. En virtud de lo acordado en los autos de referencia, por el presente se notifica a Organización Mundial de la Cruz de Malta la sentencia acordada en los autos de referencia. En Madrid, a 17 de abril de 2009.—El secretario judicial (firmado). En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 20 de abril de 2009 a Organización Mundial de la Cruz de Malta. En Madrid, a 13 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado). (02/9.416/09) |