Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-09-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090909-0148

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiéndose aprobado por decreto del concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio el padrón correspondiente al impuesto sobre actividades económicas de 2009, se establece como plazo de pago en período voluntario del 15 de septiembre al 20 de noviembre de 2009 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan; todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102 de la vigente Ley General Tributaria.

Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Se advierte de que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcalá de Henares, a 31 de agosto de 2009.—El concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio, Gonzalo Garrido de Oro.

(02/10.311/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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