Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-09-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090903-0158

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLAMANTA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Villamanta (Madrid), en su sesión ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2009, entre otros asuntos, acordó aprobar inicialmente el Reglamento de Administración Electrónica del Ayuntamiento de Villamanta.

Lo que se expone al público, por espacio de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan presentar en el Registro del Ayuntamiento y dirigidas al Pleno de la Corporación las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes.

En el caso de que no se presente ninguna reclamación ni sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Villamanta, a 18 de agosto de 2009.—El alcalde, Pedro Luis Dorado del Álamo.

(03/28.194/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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