Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-08-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090828-0044

Páginas: 0


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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 15 de julio de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 1786/2009, de 18 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 435.4/07, interpuesto por don José Manuel García Serrano, contra la Resolución de

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 1786/2009, de 18 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don José Manuel García Serrano contra la Resolución de 29 de mayo de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por don José Manuel García Serrano contra la Resolución de 29 de mayo de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, dictada en el expediente de ayuda económica 10-AV-1816.8/2007, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Don José Manuel García Serrano solicitó subvención por alquiler de vivienda sita en la avenida de la Salud, número 1, piso primero, en Moralzarzal. Tramitada su solicitud, se procedió a instruir el oportuno expediente, en el curso del cual se consideró que la renta anual a satisfacer por los arrendatarios no estaba comprendida entre 2 y 9 por 100 del precio máximo de la vivienda, de conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio. En consecuencia, la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, con fecha 29 de mayo de 2007, dictó Resolución denegando la subvención.

Segundo

Notificada la Resolución anterior, don José Manuel García Serrano ha interpuesto recurso de alzada alegando, en síntesis, su disconformidad con la misma.

Tercero

Consta en el expediente que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda ha emitido informe en el que propone desestimar el recurso interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En relación con las cuestiones de fondo, hay que poner de manifiesto lo siguiente:

La subvención por alquiler de vivienda existente solicitada por el recurrente viene regulada en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. Por otra parte, la Orden 2863/2004, de 8 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, establece los precios máximos por metro cuadrado de las viviendas que se ceden en arrendamiento.

El artículo 15 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, establece que la renta anual que satisfagan los beneficiarios ha de oscilar entre el 2 por 100 y el 9 por 100 del precio máximo de la vivienda.

En el presente caso, la vivienda arrendada por el recurrente está situada en Moralzarzal, por lo que el precio máximo por metro cuadrado aplicable, según la citada Orden 2863/2004, de 8 de noviembre, es de 928,04 euros. Según la Nota Simple del Registro de la Propiedad aportada por el recurrente, la vivienda tiene una superficie útil de 55,33 metros cuadrados, por lo que el precio máximo de la vivienda es de 51.348,45 euros. El recurrente paga anualmente 7.200 euros, que supera el 9 por 100 del precio máximo, que sería 4.621,36 euros.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en el que se propone la desestimación del recurso,

DISPONGO

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don José Manuel García Serrano contra la Resolución de 29 de mayo de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, dictada en el expediente de ayuda económica 10-AV-1816.8/2007. Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-
administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 15 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/26.995/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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