Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090828-0110

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

BOADILLA DEL MONTE

OTROS ANUNCIOS

No habiéndose presentado alegación alguna durante el período de información pública a la aprobación inicial de la cuarta modificación de la actual Ordenanza de Ficheros de Datos de Carácter Personal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, efectuada mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 28 de mayo de 2009, y habiéndose emitido informe preceptivo favorable por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el acuerdo de Pleno de fecha 24 de abril de 2009, se entiende definitivamente aprobado el texto de la cuarta modificación de la actual Ordenanza de Ficheros de Datos de Carácter Personal.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación íntegra de la cuarta modificación de la Ordenanza:

Creación de ficheros

Fichero: Centro de Atención a la Familia.

1.  Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Ayuntamiento de Boadilla del Monte, Concejalía de Familia.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Ayuntamiento de Boadilla del Monte, Concejalía de Familia.

3.  Nombre y descripción del fichero: Centro de Atención a la Familia. Familias atendidas en el Centro de Atención a la Familia.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

5.  Medidas de seguridad: nivel alto.

6.  Tipos de datos de carácter personal que se incluirá en el fichero:

— Identificativos: nombre, apellidos, domicilio, documento de identidad, teléfono, dirección electrónica.

— Libro de familia.

— Características personales.

— Circunstancias sociales.

— Datos académicos y profesionales.

— Especialmente protegidos: datos de salud.

— Resoluciones judiciales. Medidas. Infracciones penales.

7.  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo:

Registro y control de familias que acuden al Centro de Atención a la Familia, así como de expedientes derivados al citado servicio. Atención necesaria a las familias, con las derivaciones a los recursos específicos o necesarios. Seguimiento de los expedientes abiertos en el Centro de Atención a la Familia, y manejo de información para elaboración de estudios y estadísticas.

8.  Procedencia de los datos:

— La propia familia interesada, o su representante legal.

— Procedencia de otras Administraciones Públicas: Comunidad Educativa, Sistema Sanitario, Juzgados, Policía y/o de las Concejalías del Municipio, incluida la de Familia.

— Mediante entrevistas, informes derivados en soporte papel, tests pertinentes de diagnóstico, y diferentes dinámicas que constituyen el trabajo de atención psicológica y psicopedagógica.

9.  Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

Organismos de la Comunidad de Madrid, Instituto Madrileño del Menor y la Familia, u organismos que los sustituyan, entidades públicas o concertadas necesarias, comunidad educativa, Concejalías que pudieran estar implicadas del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, Juzgados, Seguridad Social.

Boadilla del Monte, a 17 de agosto de 2009.—La segunda teniente de alcalde, concejala delegada del Área de Educación, Bienestar Social y Actividades Físico-Deportivas, Mercedes Nofuentes Caballero.

(03/27.993/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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