Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-08-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090828-0092

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

Servicio de Disciplina Urbanística

Departamento Jurídico

EDICTO

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Expediente número: 715/2004/03804.

Interesado: Su Casa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada.

Calle: Atocha, número 27.

Trámite que se notifica: paralización en ejecución de sentencia de expediente de denuncia por infracción urbanística.

Obras: reconfiguración de cubierta y ampliación de 3,75 x 5 metros en la parte de cubierta plana. Elevación de líneas de cumbrera (1 metro en la cubierta inclinada) aumentando la superficie aprovechable 85 metros cuadrados. Apertura de huecos velux.

“Vista la sentencia del Juzgado contencioso-administrativo de Madrid número 11 de fecha 19 de julio de 2007, por la que se estima el recurso contencioso-administrativo número 41 de 2006, interpuesto por “Su Casa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, contra resolución de fecha 5 de diciembre de 2005, por la que se dio orden de demolición, anulándose, por disconforme a derecho, la resolución recurrida y ordenándose retrotraer las actuaciones al momento del requerimiento de paralización, así como al de legalización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley Reguladora de la Jursidicción Contencioso Administrativa, el director general de Ejecución y Control de la Edificación, por su resolución de fecha 25 de marzo de 2008, ha dispuesto la siguiente resolución: Primero: Ordenar la suspensión inmediata de las obras que se realizan en la finca de referencia, según dispone el artículo 193.1 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (adoptando las correspondientes, medidas de seguridad respecto a las edificaciones colindantes así como en las obras de referencia). Segundo: Requerir al denunciado para que en el plazo de dos meses proceda a solicitar la oportuna licencia que ampare tales obras, o ajuste estas al contenido de la otorgada, debiendo en este caso ponerlo en conocimiento del Departamento de Disciplina Urbanística en el plazo de dos (2) días. Adviértasele, de una parte, que de no acatar la presente orden de suspensión se procederá a la retirada de los materiales y de la maquinaria afectos a la obra y al precintado de esta y a la imposición de multas coercitivas por períodos de diez días y cuantía en cada ocasión de 150 euros o del 5 por 100 del valor de las obras si este fuese superior, y de otra que, de no cumplimentarse lo requerido en el punto segundo o de no concederse la licencia solicitada, por ser su otorgamiento contrario a la normativa urbanística vigente, se ordenará la demolición de lo abusivamente construido, a costa del interesado y se impedirán los usos a que pudiera dar lugar, todo ello al amparo de lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 193.3 y 4 y 194 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.”

Expediente número: 714/2003/05628.

Interesado: doña María Linarejos Gutiérrez y otros.

Calle: Juan Bravo, número 73.

Trámite que se notifica: legalización en ejecución de sentencia del expediente de denuncia por infracción urbanística.

Obras: elevación de cubierta (1 metro en el alero que da al patio) y acondicionamiento de la buhardilla del piso séptimo izquierda.

Vista la sentencia del Juzgado contencioso-administrativo de Madrid número 25 de fecha 10 de diciembre de 2007, aclarada por auto de fecha 8 de enero de 2008, por la que se estima el recurso contencioso-administrativo número 89/2004, interpuesto por doña María Linarejos Gutiérrez y otros contra la resolución de fecha 25 de febrero de 2004, ordenando retrotraer las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el director general de Ejecución y Control de la Edificación por su resolución de fecha 5 de diciembre de 2008 ha dispuesto la siguiente resolución: Primero: Ordenar al denunciado para que, en relación con las obras arriba descritas, proceda a solicitar, en el plazo de dos meses, la oportuna licencia que ampare dichas obras o, en su caso, a ajustar las mismas a la licencia u orden de ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 194.1 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Segundo: Advertir a los interesados que en caso de incumplimiento o si fuese denegada la licencia, por ser su otorgamiento contrario al ordenamiento urbanístico, podrá disponerse lo siguiente: la demolición de lo abusivamente construido, impidiendo lo usos indebidos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 194.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El ejercicio de la acción sustitutoria prevista en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común, siendo los gastos que ella origine con cargo al obligado. La incoación del oportuno expediente sancionador en el supuesto de que el acto estuviese incurso en el artículo 201 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. La imposición de la multa que procediere por incumplimiento de lo ordenado.”

Lo que les comunico haciéndoles saber que la presente resolución por reproducir otra anterior confirmada en vía contencioso-administrativa y devenida firme no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 29/1998, Reguladora de esa Jurisdicción.

Madrid, a 12 de agosto de 2009.—PA, el jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Carlos Martín Mateos.

(01/3.297/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090828-0092