Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090828-0059

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.521 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darío Santander Yuqui, contra la empresa “Vial y Construcciones Alcalá, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 9 de julio de 2009.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Madrid, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de don Darío Santander Yuqui, frente a la empresa “Vial y Construcciones Alcalá, Sociedad Limitada”. Ha sido citado el Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa “Vial y Construcciones Alcalá, Sociedad Limitada”, a abonar a don Darío Santander Yuqui la cantidad de 901,27 euros, más el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vial y Construcciones Alcalá, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.570/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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