Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090826-0182
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE GUADALAJARA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 1 de 2008-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Ciprián, contra la empresa “Construcciones y Reformas Belvaz, Sociedad Limitada”, se ha dictado en fecha 24 de octubre de 2008 auto del tenor literal siguiente: Auto En Guadalajara, a 24 de octubre de 2008.—Dada cuenta; por recibido el anterior mandamiento librado al Registro de Bienes Inmuebles de esta ciudad que tenía por objeto anotar el embargo trabado sobre los vehículos 4406DTY y 7119DTR, únase a los autos de su razón; y... Parte dispositiva: Se decreta la mejora de embargo sobre los bienes propiedad de la entidad ejecutada, “Construcciones y Reformas Belvaz, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente a cubrir las responsabilidades perseguidas y que ascienden a 9.300,11 euros de principal, más 1.860,02 euros calculados provisionalmente y sin perjuicio de posterior liquidación para intereses y costas. Por tanto, se declara embargado el siguiente bien como propiedad de la entidad ejecutada y en cuanto se estima suficiente a cubrir las responsabilidades antes reseñadas: La posición jurídica que corresponda a la entidad ejecutada, “Construcciones y Reformas Belvaz, Sociedad Limitada”, sobre los siguientes vehículos: matrícula 4406DTY, marca “Ford”, modelo Fusión, tipo turismo, y matrícula 7119DTR, marca “Ford”, modelo Transit, tipo vehículo mixto adaptable. Líbrese mandamiento al Registro de Bienes Muebles de esta ciudad a fin de que lleve a cabo la anotación del embargo trabado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así por este auto lo manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Eduardo Martínez Mediavilla. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Reformas Belvaz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Guadalajara a 29 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/27.318/09) |