Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090825-0052

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CANENCIA DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Con el fin de aprobar y dar a conocer el calendario de cobro de los impuestos municipales de carácter periódico del presente año y facilitar, en consecuencia, la planificación de los ingresos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Resultando que para facilitar el cobro de los impuestos municipales, dado que la mayoría de habitantes del municipio únicamente pasan el período estival en el mismo, se establece un período de cobro más amplio que comprenderá varios meses, incluyendo el mes de agosto.

Considerando lo previsto en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y lo previsto en el artículo 60 y siguientes del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales y el artículo 92 y siguientes del mismo texto, vengo a decretar:

Primero.—Aprobar el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y de naturaleza urbana para el año 2009, y el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para ese ejercicio 2009.

Segundo.—Que los padrones aprobados correspondientes al ejercicio 2009 se hallan expuestos al público en la Secretaría General del Ayuntamiento a fin de que puedan ser consultados por los interesados y formular, en su caso, las alegaciones oportunas, durante el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—La aprobación del calendario de cobro abajo relacionado de los tributos municipales de carácter periódico del año 2009:

Transcurrido este plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo correspondientes, más los intereses de demora y costas devengadas durante el procedimiento.

Tercero.—La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

En Canencia de la Sierra, a 3 de agosto de 2009.—La alcaldesa-presidente, Mercedes López Moreno.

(03/9.820/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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