Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090821-0037
Páginas: 0
|
C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2009, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Ordenación de Redes Supramunicipales de Vivienda Pública en las Parcelas “Red Supramunicipal-1” y “Red Supramunicipal-2” del Sector 1 “La Estación”, del término municipal de Colmenar Viejo, promovido por el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), adoptando acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido del informe urbanístico, de 19 de junio de 2009, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ACORDÓ Primero Aprobar definitivamente el Plan Especial de Ordenación de Redes Supramunicipales de Vivienda Pública en las Parcelas “Red Supramunicipal-1” y “Red Supramunicipal-2” del Sector 1 “La Estación”, del término municipal de Colmenar Viejo, promovido por el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), sin perjuicio del cumplimiento, en el desarrollo del Plan Especial, de los condicionantes emitidos y aceptados en los informes del Ayuntamiento de Colmenar Viejo y de los organismos públicos afectados, que obran en el expediente. Segundo Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID». En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial, se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 24 de julio de2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/27.014/09) |

