Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090821-0029
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TORRELODONES OTROS ANUNCIOS De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya sido posible tramitarla, se hace público lo siguiente: “Habiendo transcurrido más de dos meses desde que el vehículo ha sido depositado en el Depósito Municipal, el alcalde, en uso de las facultades conferidas por la legislación vigente en el dia de la fecha, resuelve: Primero.—Declarar residuo sólido urbano a los vehículos que a continuación se detallan: Para poder recuperar el vehículo deberá aportar, en el plazo de diez días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, fotocopia de los siguientes documentos: permiso de circulación del vehículo, tarjeta de inspección técnica con ITV (fotocopia por las dos caras), seguro obligatorio al corriente de pago y último recibo pagado del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Esta documentación deberá presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Torrelodones, sito en la plaza de la Constitución, sin número, en horario de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. En el caso de no presentar la documentación completa anteriormente citada, o de no recibir contestación al respecto en el plazo señalado anteriormente a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y de no interponer el correspondiente recurso, se entenderá como renuncia de su solicitud, procediéndose al achatarramiento del vehículo. No obstante, se le informa que podrá hacer entrega del vehículo a uno de los gestores autorizados para la recepción de vehículo fuera de uso, cuyo listado le será facilitado por la Jefatura Provincial de Tráfico a fin de que proceda a efectuar la descontaminación y achatarramiento, debiendo presentar mediante registro ante este Ayuntamiento fotocopia del certificado de descontaminación que le facilitará el gestor autorizado correspondiente. Asimismo, de conformidad con el artículo 35.1.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, se informa que el abandono de vehículos se considera abandono de residuos no peligrosos en vía pública, que podrá ser sancionado con multa de 601,02 euros hasta 30.050,61 euros. Lo acordó y firma el señor alcalde, ante mí, el secretario del Ayuntamiento, que doy fe.—El alcalde, Carlos Galveño González.—Ante mí, el secretario del Ayuntamiento, Fernando A. Giner Briz”. Lo que se hace público para general conocimiento. Torrelodones, a 29 de julio de 2009.—El alcalde, Carlos Galbeño González. (02/9.440/09) |

