Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090821-0044
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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, con fecha 30 de julio de 2009 se dictó la Orden 3005/2009, del siguiente tenor literal: “El artículo 22 del Decreto 68/1983, de 30 de junio, por el que se crea la Comisión de Urbanismo de Madrid y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento, establece que en el cómputo de los plazos previstos en la legislación vigente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento competa a la Comisión de Urbanismo, se descontará el tiempo en que se suspendan las sesiones de dicha Comisión y, en todo caso, el mes de agosto de cada año, previa aprobación, en ambos supuestos, por Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. La anterior previsión legal de interrupción del cómputo de plazos está motivada por la circunstancia de que tanto la Administración Local como la Autonómica disminuyen de modo muy sensible su actividad en el mes de agosto. Dicha interrupción hay que hacerla extensiva, además, al período en que, transcurrido el mes de agosto, la Comisión de Urbanismo de Madrid no celebra sesiones, a fin de garantizar que todos los expedientes afectados por la interrupción del cómputo de plazos puedan ser objeto de la debida preparación y estudio. En la sesión celebrada el día 30 de julio de 2009, la Comisión de Urbanismo de Madrid adoptó, entre otros, el Acuerdo 197/2009, por el que se acordó la suspensión de sus sesiones desde el día 30 de julio hasta el día de la celebración de la siguiente sesión ordinaria de la misma, e informó favorablemente, a los efectos previstos en el artículo 9.2 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de urbanismo entre órganos de la Comunidad de Madrid, la presente Orden. En virtud de la fundamentación expuesta, y en uso de las competencias que atribuye a esta Consejería el artículo 22 del Decreto 68/1983, de 30 de junio, por el que se crea la Comisión de Urbanismo de Madrid y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento, DISPONGO Primero Descontar en el cómputo de los plazos previstos en la legislación vigente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento completa a la Comisión de Urbanismo de Madrid, el tiempo comprendido entre el día 30 de julio de 2009, fecha de celebración de la última sesión de la Comisión, y el día de celebración de la siguiente sesión ordinaria de dicho órgano colegiado, período en el que quedan suspendidas las sesiones de la citada Comisión de Urbanismo. Segundo Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.” Madrid, a 31 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/27.589/09) |

