Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090820-0108

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TALAMANCA DE JARAMA

URBANISMO

El Pleno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, en sesión celebrada el día 30 de julio pasado, aprobó inicialmente el proyecto de expropiación para la implantación de parte de las redes de infraestructura de abastecimiento y saneamiento en la zona anexa del camino de Ronda en el término municipal de Talamanca de Jarama, que incorpora la relación de bienes y derechos, al objeto de declarar la necesidad de ocupación, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 15 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 202 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística.

Asimismo acordó someter a información pública por período de un mes el citado acuerdo, con traslado literal de la hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración a fin de que se puedan formular las alegaciones que se estimen convenientes, a tal fin el proyecto de expropiación podrá consultarse en horario de oficina y las alegaciones podrán dirigirse al Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, calle Fuente del Arca, número 19, 28160 Talamanca de Jarama (Madrid), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202.2 del Reglamento de Gestión Urbanística y en los artículos 18 y siguientes y 21 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En consecuencia, se publica este anuncio de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para su notificación a los afectados en el procedimiento expropiatorio respecto de los que no es posible su notificación personal al resultar su domicilio desconocido.

A dicho fin se hace constar que el cálculo del justiprecio de los citados terrenos afectados se efectúa atendiendo a su situación básica actual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo.

En Talamanca de Jarama, a 31 de julio de 2009.—El alcalde (firmado).

(02/9.627/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090820-0108