Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0096

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

URBANISMO

Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 29 de junio de 2009, se aprobó inicialmente según los trámites del decreto 92/2008, de 10 de julio, que regula las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico, la Modificación Puntual de Planeamiento General para el trasvase de usos residenciales con dotacionales públicos, entre dos parcelas asistemáticas de suelo urbano consolidado de Alcorcón, sitas la primera de ellas en la calle Mayor, número 37, y la segunda en la calle Arces, con vuelta a la calle Pablo Neruda.

Mediante decreto emitido por el concejal de Hacienda y Patrimonio emitido en fecha 6 de julio de 2009, se consideró cumplido el condicionado establecido en el mencionado acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al que se refiere el repetido acuerdo queda sometido a información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en las oficinas municipales del Área de Desarrollo Territorial, Sección de Planeamiento y Gestión, calle Fábricas, número 8, con vuelta a la calle Industrias, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho.

Alcorcón, a 23 de julio de 2009.—La directora general de Planificación de la Ciudad, Manuela Arias Gallego.

(03/27.356/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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