Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0053
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
Intentada sin efecto en el domicilio de su destinatario la práctica de la notificación de resolución ejecutiva e información de pago de procedimientos sancionadores por infracción en materia de comercio, HE RESUELTO Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, según se especifica en el Anexo Único. Madrid, a 3 de julio de 2009.—La Directora General de Comercio, Carmen Cárdeno Pardo. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN EJECUTIVA E INFORMACIONES DE PAGO Por tratarse de una resolución ejecutiva, deberá hacerse efectiva la sanción impuesta en la resolución del expediente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 138.3 y 115.1 de la citada Ley 30/1992, informándose de lo siguiente: Primero A tenor de lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre), el importe de la multa se hará efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 6000262539, Comunidad de Madrid, Dirección General de Comercio, Sanciones, abierta en la oficina 2038, sucursal 1738, con dígito de control 26, de “Caja de Madrid”, calle General Zabala, número 24, 28002 Madrid, haciendo constar el número de expediente arriba reseñado y empresa, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación: a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Segundo Se le apercibe de que, de no abonarse dentro de dicho período voluntario, se procederá a su exacción, con los recargos que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En su interés, y en evitación de cualquier confusión, será imprescindible que nos remita copia del justificante o resguardo acreditativo del ingreso en el plazo de diez días siguientes al mismo, ante la Dirección General de Comercio (calle Príncipe de Vergara, número 132), para su anotación y constancia en el expediente. En dicho justificante se hará constar nombre de la empresa y número del expediente. Tercero De la notificación de esta obligación contraída con la Comunidad de Madrid se da comunicación a la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio. Expediente. — Imputado. — DNI/CIF. — Último domicilio cono- cido. — Sanción 008L/2008. — Ediciones del Coleccionista, Sociedad Limitada. — B-84614452. — Doctor Marañón, 2, 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid). — 3.005,07 euros. 46L/2008. — Agrupación del Coleccionista, Sociedad Limtiada. — B-83925800. — Avenida de la Albufera, 30, segundo A, 28038 Madrid. — 3.005,07 euros. (01/2.911/09) |