Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0043

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 77
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal de desahucio por falta de pago número 424 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado la sentencia de 2 de diciembre de 2008 siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por don Manuel Gallardo González, representado por la procuradora doña Leticia Calderón Galán, contra don Mirceau Liviu Sarman, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento con relación al local número 3 sito en Madrid, travesía de José Luis Arrese, número 6, y en consecuencia haber lugar al desahucio instado por falta de pago de las rentas, acordando la entrega del local arrendado al actor, y debo condenar y condeno al citado demandado a pagar al actor la cantidad de 7.331,72 euros, más intereses legales y costas causadas en esta instancia.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en el plazo de cinco días desde su notificación escrita. Para la interposición del mencionado recurso el demandado deberá acreditar estar al corriente en el pago de las rentas a los efectos de lo establecido en el artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Mirceau Liviu Sarman, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 17 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/9.278/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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