Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0036

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 41
DE MADRID

EDICTO

Doña Nieves Ugena Yustos, secretaria del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Hace saber: En el procedimiento seguido en este Juzgado a instancias de “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, contra don Faesal Menguar El Rhomari, en los autos número 1.512 de 2008 se ha dictado sentencia de fecha 27 de enero de 2009, cuyo fallo literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña María del Pilar Moyano Núñez, en nombre y representación de la entidad “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, contra don Faesal Menguar El Rhomari, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en julio de 2005, sobre la vivienda sita en la calle Espíritu Santo, número 21, primero D, con vuelta a la calle Tesoro, número 6, de Madrid, decretando el desahucio del demandado y, en consecuencia, condeno a este a dejar libre y a disposición de la actora la referida vivienda, bajo apercibimiento de que de no verificarlo se procederá a su lanzamiento a su costa en la fecha señalada para ello en el auto de admisión a trámite de la demanda que ha dado origen al presente procedimiento. Todo ello son imposición de costas a la parte demandada.

Esta sentencia no es firme, contra la misma podrá interponerse recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Faesal Menguar El Rhomari, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 17 de julio de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/9.075/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0036