Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090818-0075

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

LEGANÉS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 16 de junio de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente la primera modificación del Plan Parcial del PERI-5 del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, promovido por la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución del PERI-5, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.4, en relación con los artículos 57 y 67.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter el expediente al preceptivo trámite de información pública por el plazo de un mes mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero.—Notificar individualmente a todos los propietarios afectados el presente acuerdo.

Cuarto.—Requerir los informes que, en su caso, resulten preceptivos a los organismos y entidades administrativas correspondientes.

Lo que se somete a información pública durante el plazo de un mes al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas presenten las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con los artículos 57 y 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

El expediente se encuentra en la Delegación de Urbanismo e Industrias (avenida de Gibraltar, número 2, en horario de ocho y treinta a catorce y treinta, de lunes a viernes), donde podrá ser examinado por los interesados.

Leganés, a 15 de julio de 2009.—El concejal-delegado de Urbanismo e Industrias, Raúl Calle Gallardo.

(02/9.305/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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