Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-08-2009

Sección 1.2.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090817-0050

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B) Autoridades y Personal

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

2725 Orden de 30 de julio de 2009, por la que se resuelve la Orden de 24 de abril de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de mayo de 2009), por la que se convocaban puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería (Instituto de la Vivienda de Madrid).

Aprobada mediante Orden de 24 de abril de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de mayo de 2009), convocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería (Instituto de la Vivienda de Madrid).

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proceder a la adjudicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar adjudicados los puestos de trabajo a los funcionarios que se expresan en el Anexo.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato de la “puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vincu­lantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE ­MADRID.

Dado en Madrid, a 30 de julio de 2009.—La Consejera de Medio Am­biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008, de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO
DE MÉRITOS EN EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID

(03/26.709/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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