Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0170

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.404 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jéssica Cabellos López, contra la empresa “Indumentaria Textil, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 61 de 2009

En Madrid, a 19 de febrero de 2009.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos número 1.404 de 2008, sobre despido, seguido a instancias de doña Jéssica Cabellos López, contra la entidad “Indumentaria Textil, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Jéssica Cabellos López, contra la entidad “Indumentaria Textil, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora de fecha 29 de septiembre de 2008, condenando a la empresa demandada a que, a su elección, que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 3.127,50 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero y, en todo caso, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente sentencia a razón de 34,75 euros/día, con descuento, en su caso, de los salarios percibidos por la prestación de servicios para otro empleador.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Indumentaria Textil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.233/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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