Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0134
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 80 DE MADRID EDICTO Doña María Paz de la Fuente Isabal, secretaria del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid. Hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de divorcio contencioso bajo el número 148 de 2009, a instancias de doña Ana Belén Álvarez López, representada por el procurador don Eduardo Moya Gómez, contra don Alejandro Madrigal Ortiz, declarado en rebeldía y en ignorado paradero, habiendo recaído en dicho procedimiento resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Sentencia número 334 En Madrid, a 15 de julio de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 148 de 2009, sobre divorcio, a instancias de doña Ana Belén Álvarez López, representada por el procurador don Eduardo Moya Gómez y asistida de letrado, contra don Alejandro Madrigal Ortiz, sin representación procesal por estar en situación de rebeldía, en base al siguiente Fallo Que estimando la demanda formulada por el procurador don Eduardo Moya Gómez, en nombre y representación de doña Ana Belén Álvarez López, contra don Alejandro Madrigal Ortiz, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración. Y con adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico de la presente resolución, que en aras a la brevedad se tiene aquí por reproducido. Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes. Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio de las partes intervinientes en el proceso. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Madrigal Ortiz y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente. En Madrid, a 15 de julio de 2009.—La secretaria (firmado). (02/9.392/09) |