Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0185
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 160 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Serrano de Mingo, don Ángel Luis Gutiérrez Maestro, don Julián García Merino, don Luis José Pascual Sancho y don Damián Pinchete Sánchez, contra don Juan Gil Fernández y “Los Borrachos de Velázquez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto aclaratorio de fecha 10 de julio de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Dispongo: Examinado de hecho el auto se aprecia la necesidad de aclararlo en el sentido que a continuación se dice. Primero.—Aclarar en el hecho segundo del auto que se aclara que el salario de don Antonio Serrano de Mingo es de 1.653,97 euros mensuales, incluido prorrateo de pagas extraordinarias. Igualmente, se aclara que el salario de don Ángel Luis Gutiérrez Maestro es de 1.417,34 euros mensuales, incluido prorrateo de pagas extraordinarias. Segundo.—En la parte dispositiva del auto de 9 de junio dice: “Que debo declarar y declaro extinguida con fecha de hoy la relación laboral existente entre las partes al no haber sido readmitidos los actores, con todas las consecuencias económicas que se derivan en este pronunciamiento, condenando a la demandada a abonar a los actores las cantidades siguientes: A don Antonio Serrano de Mingo: En concepto indemnización: 37.378,65 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 25.509,60 euros. A don Ángel Luis Gutiérrez Maestro: En concepto indemnización: 56.853,72 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 24.364,80 euros. A don Julián García Merino: En concepto indemnización: 76.001,52 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 32.572,8 euros. A don Luis José Pascual Sancho: En concepto indemnización: 60.249,93 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 25.147,80 euros. A don Damián Pinchete Sánchez: En concepto indemnización: 56.853,72 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 24.364,80 euros.” Y se sustituye por la que a continuación se dice: «Que debo declarar y declaro extinguida con fecha de hoy la relación laboral existente entre las partes al no haber sido readmitidos los actores, con todas las consecuencias económicas que se derivan en este pronunciamiento, condenando a los demandados “Los Borrachos de Velázquez, Sociedad Limitada”, y don Juan Gil Fernández a abonar a los actores las cantidades siguientes: A don Antonio Serrano de Mingo: En concepto indemnización: 43.621,21 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 29.770,02 euros. A don Ángel Luis Gutiérrez Maestro: En concepto indemnización: 59.528,28 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 25.509,60 euros. A don Julián García Merino: En concepto indemnización: 76.001,52 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 32.572,8 euros. A don Luis José Pascual Sancho: En concepto indemnización: 60.249,93 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 25.147,80 euros. A don Damián Pinchete Sánchez: En concepto indemnización: 56.853,72 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha del despido: 24.364,80 euros.» Notifíquese la presente resolución a las partes (a través de correo certificado con acuse de recibo, y en el caso de ser infructuosa, por medio del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y/o edictos), advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Gil Fernández y “Los Borrachos de Velázquez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 10 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/26.049/09) |

