Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-08-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0181

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 11 DE MÁLAGA

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 605 de 2009, sobre despidos/ceses en general, a instancias de don Pedro Román Heredia, contra “Grupo Hispacón Proyectos, Obras y Contratas, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 7 de julio de 2009 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Pedro Román Heredia, contra la empresa “Grupo Hispacón Proyectos, Obras y Contratas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, y con abono de los salarios dejados de percibir o, a elección del empresario, a que abone al trabajador la cantidad de 510,07 euros en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (23 de marzo de 2009) hasta el día de la notificación de la sentencia al empresario a razón de 45,34 euros diarios.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de notificación de esta resolución.

En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado y en la “Cuenta de recursos de suplicación” de este Juzgado un depósito de 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, y para que conste expido el presente en Málaga, a 20 de julio de 2009.

Y para que sirva de notificación en forma a “Grupo Hispacón Proyectos, Obras y Contratas, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para la que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 20 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.774/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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