Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0109

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 890 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Larbec Angulo, contra don Domingo Teófilo Morales Gil y “Colada de Metales por Gravedad San Marcos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 25 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, fórmense autos y regístrense en el libro registro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada.

Cítese a las partes para el actor de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria. la audiencia del día 31 de mayo de 2010, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala C) de esta ciudad. Hágase entrega a los demandados de copia de la demanda presentada y resto de los documentos.

A los otrosíes:

Documental: respecto del contrato de
trabajo y recibos de salarios, no ha lugar al ser documental que obra en poder del solicitante.

Respecto de cotizaciones a la Seguridad Social del tiempo trabajado por el actor, ha lugar y requiérase a la parte demandada a fin aporte dicha documental al acto de juicio oral.

Al otrosí: ha lugar y cítese al representante legal de la demandada para la práctica de la prueba de interrogatorio de la parte en juicio, de conformidad con loa artículos 301 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Domingo Teófilo Morales Gil y “Colada de Metales por Gravedad San Marcos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.735/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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