Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-08-2009

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090811-0012

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

2704 RESOLUCIÓN 1826/2009, de 9 de julio, por la que se acuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de carácter general por la que se modifican y suprimen determinados ficheros de datos de carácter personal dependientes de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.

La existencia de procedimientos administrativos que contenían datos de carácter personal de usuarios de biblioteca, objetores de conciencia y voluntarios hizo necesario la creación de unos ficheros específicos destinados a su control y seguimiento.

Respecto de estos ficheros se aplicaron en las medidas de seguridad previstas por la Ley en su día. Según lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, procede establecer un nivel de seguridad, respecto del Fichero VOLUNT CAM, Básico.

Por otro lado en relación con los ficheros USUARIOS y OBJETOR se procede a su supresión al haber perdido la utilidad para la que fueron creados.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme a lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La precitada Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, regula en su artículo 5 el procedimiento para la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal en la Administración Regional. El mencionado precepto dispone en su apartado 5 que, una vez elaborado el proyecto de disposición, se abrirá una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero.

En cumplimiento del referido precepto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4 del Decreto 126/2004, de 29 de julio por el que se establece la estructura orgánica de la consejería de Familia y Asuntos Sociales,

RESUELVO

Publicar, para general conocimiento, el inicio de la fase de alegaciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de carácter general por la que se modifican y suprimen determinados ficheros informatizados y manuales de datos de carácter personal dependientes de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.

Dicho expediente podrá ser examinado en la sede de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, sita en la calle Guzmán el Bueno, número 24, en horario de nueve a catorce, durante quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante el mismo plazo, de conformidad con la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, se podrán presentar alegaciones referidas a la adecuación, la pertinencia o la proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Antonio Luis Carrasco Reija.

(03/26.525/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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