Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-08-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090806-0266

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE HUELVA

EDICTO

La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.

Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución número 231 de 2009, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Carolina Noceda Martín, contra Fondo de Garantía Salarial y “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 15 de julio de 2009 se ha dictado auto, que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada en cantidad suficiente a cubrir la suma de 780,14 euros en concepto de principal, más la de 160 euros calculados para intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, requiérase al ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo, sin perjuicio de lo cual practíquense las averiguaciones del artículo 248 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Liñán Rojo, magistrada del Juzgado de lo social número 2 de Huelva. Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en forma a “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Huelva, 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.181/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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