Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0231

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.025 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Artemio Francisco Benavente Blanco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social” y “Reformas y Artes Constructivas, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se han dictado sentencia y propuesta de providencia de fechas 26 de mayo de 2009 y 17 de junio de 2009, cuya parte dispositiva y resolución son del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo desestimar íntegramente, y así lo hago, la demanda interpuesta por don Artemio Benavente Blanco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social” y “Reformas y Artes Constructivas, Sociedad Limitada”, y en su virtud, absolver a los demandados de todos los pedimentos contenidos en la súplica del escrito iniciador de este procedimiento. Con expresa confirmación de la resolución administrativa de 28 de mayo de 2008.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 17 de junio de 2009.

Se tiene por anunciado recurso de suplicación por la parte demandante don Artemio Francisco Benavente Blanco, contra la sentencia dictada en este proceso. Se advierte a los letrados don Fernando Luján de Frías, doña Vanesa Palomo Vicente, doña Elena Comín Hernández, doña Nuria Cuadra Cañadas, don José Luis de Vicente Álvarez y don Leopoldo Heredia Espejo, designados por la parte recurrente, que quedan a su disposición los autos en esta Secretaría para que, en el plazo de una audiencia, se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los diez días siguientes al del vencimiento de dicha audiencia, que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición, debiendo presentar tantas copias del escrito de formalización como partes en el procedimiento (disposición adicional primera de la Ley de Procedimiento Laboral en relación con el artículo 273 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso. Se le advierte para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia conforme dispone el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformas y Artes Constructivas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.108/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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