Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0227

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.309 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Salguero Carracedo, contra la empresa don José Manuel Torrico Alcántara y “Excavaciones Elga, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente

Auto

En Madrid, a 3 de julio de 2009.

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Ángel Salguero Carracedo, contra don José Manuel Torrico Alcántara y “Excavaciones Elga, Sociedad Limitada”, por un importe de 4.845,65 euros de principal, más 363,42 euros y 484,56 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de los demandados en cuantía suficiente a cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución.

c)  Acumular la presente ejecución al procedimiento número 1.417 de 2008, ejecución número 123 de 2009, seguido en este Juzgado a instancia de don Juan Valdivia Martínez, contra los mismos ejecutados; ascendiendo el principal de las ejecuciones acumuladas a un total de 44.632,86 euros de principal, más 3.468,60 euros y 4.342,14 euros de intereses y costas provisionales. Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas.

Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a que esta se acumula.

d)  Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, así como a las entidades bancarias más significativas con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por los ejecutados en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así lo manda y firma don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de citación a don José Manuel Torrico Alcántara y “Excavaciones Elga, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su colocación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 3 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.748/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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