Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-08-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090804-0216

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 12
DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 851 de 2008, seguido en este Juzgado a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza, contra “Globalis Explotaciones, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, en reclamación de 895,65 euros, se ha dictado la sentencia de fecha 25 de septiembre de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimo parcialmente la demanda formulada por la representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra “Globalis Explotaciones, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia:

1.  Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre las partes, con póliza número 2.219.866, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esa declaración.

2.  Declaro la obligación de la demandada de facilitar la entrada en el inmueble en el que se presta el servicio, sito en Madrid, calle Los Emigrantes, número 13, rest., a fin de desmontar el contador y clausurar la instalación receptora del gas, acordándose que, si no lo facilitase, se constituirá la comisión judicial a acompañar a personal técnico de la compañía demandante para que proceda a desmontar el contador.

3.  Condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 895,65 euros, más el interés legal de esa suma desde la interpelación judicial.

4.  Condeno a la parte demandada al pago de las costas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Globalis Explotaciones, Sociedad Limitada”, para que sirva de notificación.

En Madrid, a 14 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/8.843/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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