Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-08-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090803-0085

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 7
DE ALCORCÓN

EDICTO

Don Francisco Javier Sánchez Cerrajero, secretario del Juzgado de instrucción número 7 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 42 de 2008 (ejecutoria número 16 de 2009-I), se han dictado las providencias de fechas 15 de abril de 2009 y 8 de julio de 2009 siguientes:

Providencia

Magistrado-juez de instrucción, don David Suárez Leoz.—En Alcorcón, a 8 de julio de 2009.

Dada cuenta; recibido el anterior despacho, únase a las diligencias de su razón. Visto su contenido, y dado que no ha sido posible requerir al condenado el pago de la multa, pese a haberse intentado en varias ocasiones, practíquese el requerimiento a través de edictos.

Procédase al embargo de los saldos obrantes en las cuentas que figuran en el procedimiento hasta cubrir la suma de 360 euros, remitiendo para ello oficio a “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Santander”, “Caja de Madrid”, “Banesto” y “Caja Castilla-La Mancha”.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez de instrucción, doña Dolores Moure Jiménez.—En Alcorcón, a 15 de abril de 2009.

No habiéndose presentado recurso contra la sentencia dictada en el presente procedimiento, se declara la firmeza de la misma, incóese la correspondiente ejecutoria registrándose en su libro con el número 16 de 2009, requiérase al penado don Antonio Muñoz Rodríguez a fin de que dentro del plazo de diez días proceda al pago de la multa de dos meses, con una cuota diaria de 6 euros, en total 360 euros, a que fue condenado por la falta de hurto, mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, entidad 0030, sucursal 1525, cuenta número 2743/0000/76/5042/08, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo en el mencionado plazo se procederá al embargo de bienes suficientes para cubrir la expresada suma, y en el supuesto de que se acredite su insolvencia conforme al artículo 53 del Código Penal quedarán sujetos los penados a una responsabilidad personal subsidiaria consistente en un día de localización permanente por cada dos cuotas impagadas, en el presente caso los días de arresto sustitutorio por impago de la multa serán de treinta.

Notifíquese en forma esta providencia al penado con los apercibimientos que la propia resolución contiene.

Averígüese la situación patrimonial de dicho penado a través del Punto Neutro judicial, y con el resultado dese cuenta.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación y requerimiento a don Antonio Muñoz Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Alcorcón, a 8 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/24.485/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090803-0085