Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-07-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090731-0184

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 81
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 227 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 7 de julio de 2009 del tenor literal siguiente:

Fallo

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: Estimar la demanda promovida por doña María Teresa Díaz Lobato y don Ramón Losada Díaz, contra “Rediauto, Sociedad Anónima”, y en consecuencia, condeno a “Rediauto, Sociedad Anónima”, a elevar a escritura pública el contrato privado de compraventa de fecha 7 de diciembre de 1995 celebrado entre “Rediauto, Sociedad Anónima”, en su calidad de vendedora, y doña María Teresa Díaz Lobato y don Ramón Losada Díaz, como parte compradora, sobre la vivienda del piso tercero número 5, cuyo acceso es por el portal número 3 del edificio sito en la plaza de Cristóbal Colón, números 2 y 3, de Majadahonda (finca registral número 8.584 del Registro de la Propiedad de Majadahonda), así como sobre la plaza del garaje número 80, ubicada en el local semisótano garaje del edificio de la plaza de Cristóbal Colón, que comprende los números 1, 2 y 3, en Majadahonda (finca registral número 8.482 del Registro de la Propiedad de Majadahonda), de acuerdo con la descripción y condiciones pactadas en dicho contrato privado y que se tienen aquí íntegramente por reproducidos, por remisión expresa, siendo los gastos derivados de la formalización de la escritura pública de compraventa de cargo de los demandantes; todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Rediauto, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 8 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/8.929/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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