Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090731-0279
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE BURGOS EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Cristina Rodríguez Cuesta, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Burgos. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 166 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Esteban Toral, contra la empresa “Pinarejos Urbana, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado el auto y la providencia siguientes: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 6.559,33 euros, más la cantidad de 1.310 euros de intereses y costas provisionales, lo que hace un total de 7.869,33 euros. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes actoras y al Fondo de Garantía Salarial en la forma habitual, y a la empresa ejecutada, habida cuenta de constar actualmente en paradero desconocido en la demanda número 990 de 2008 de este Juzgado, por medios y edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndose extensiva igualmente para la notificación pendiente de la providencia de fecha 19 de mayo de 2009, que fue devuelta sin cumplimentar por el servicio de correos. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Jesús Carlos Galán Parada. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Asimismo y en la demanda número 991 de 2008, de la que ha derivado la presente ejecución número 166 de 2009, se dictó con fecha 19 de mayo de 2009 providencia, cuyo contenido literal es el siguiente: Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña María Cristina Rodríguez Cuesta.—En Burgos, a 19 de mayo de 2009. Se acusa recibo de los autos remitidos por el Tribunal Superior de Justicia con testimonio de la resolución dictada por la Sala, y conforme lo dispuesto por la superioridad, se acuerda poner en conocimiento de las partes la llegada de los autos y archivar las actuaciones. Notifíquese a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a la citada empresa “Pinarejos Urbana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Burgos, a 6 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/24.158/09) |

