Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090731-0155

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 222 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Alejandro Suárez Hidalgo, contra la empresa “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda:

a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen como propiedad de “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 14.243,34 euros, más 1.068,25 euros y 1.424,33 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don Pablo Alejandro Suárez Hidalgo, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”.

Finca número 28.478/62S2, setenta y nueve ava parte indivisa, inscrita en el Registro de la Propiedad números 35, 54 y 55 de Madrid, de su sección 35, al folio 20, del tomo 2.098, idufir 28116000635459.

Finca número 28.478/63S2, setenta y nueve ava parte indivisa, inscrita en el Registro de la Propiedad números 35, 54 y 55 de Madrid, de su sección 35, al folio 22, del tomo 2.098, idufir 28116001435683.

Finca número 28.569, inscrita en el Registro de la Propiedad números 35, 54 y 55 de Madrid, de su sección 35, al folio 39, del tomo 1.967, idufir 28116000491642.

Finca número 36.048, inscrita en el Registro de la Propiedad de Calpe (Alicante), al folio 116, libro 497, tomo 915.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas o gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.262/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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