Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-07-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090730-0195

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

Acuerdo de 9 de julio de 2009, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la creación y supresión de ficheros de datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Economía y Empleo.

«El presente acuerdo tiene por objeto aprobar la creación de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Economía y Empleo, una vez aprobado con fecha 23 de abril de 2009 el proyecto, sometido a un período de información pública y evacuado el informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

La creación, modificación o supresión de ficheros se regula en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollada por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, aplicable directamente al Ayuntamiento de Madrid, y desarrollada mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio.

La mencionada Ley Orgánica establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger el derecho fundamental a la autodeterminación informativa o derecho a la autodisposición de las informaciones personales. Este derecho se garantiza imponiendo unas obligaciones a las organizaciones que manejan datos de carácter personal y concretamente a las administraciones públicas.

La primera de estas obligaciones es la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal y su inscripción, en el caso de la Administración Pública, en el Registro de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, a la que se unen las de tratar y recoger adecuadamente los datos, facilitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como aprobar e implantar las medidas de seguridad necesarias y el documento de seguridad correspondiente.

El artículo 17.1.l) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, atribuye a la Junta de Gobierno la competencia para la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal.

A propuesta del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 9 de julio de 2009, acuerda:

Primero.—1.  Aprobar la creación de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Economía y Empleo, que se insertan a continuación en el anexo del presente acuerdo y cuyas denominaciones son las siguientes: PROMOCIÓN DEL COMERCIO; VENTA AMBULANTE NO AUTORIZADA.

2.  Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante los órganos responsables de los ficheros que se indican para cada uno de ellos en el anexo del presente acuerdo.

3.  Los ficheros que se crean por el presente acuerdo, cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Segundo.—Lo dispuesto en el presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

ANEXO

EXPEDIENTE: 145/2009/00823

Declaraciones de creación de nuevo fichero

La información recogida en este anexo se encuentra clasificada por declaraciones de creación de fichero, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, regulador del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como de su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Las disposiciones de carácter general de creación de ficheros, deberán indicar, en todo caso, para cada uno de ellos, los siguientes apartados:

1.  El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero.

2.  El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (este apartado se cumplimentará sólo en el caso de que sea diferente al responsable del fichero).

3.  El nombre y la descripción del fichero que se crea.

4.  El carácter informatizado o manual estructurado del fichero.

5.  El sistema de información al que pertenezca el fichero (si se trata de un fichero informatizado).

6.  Las medidas de seguridad que se apliquen. Si el fichero es informatizado habrá que indicar si las medidas de seguridad son de nivel básico, medio o alto.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo.

8.  La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo.

9.  Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos.

10.  La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos.

11.  Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales”.

Cada declaración de creación de nuevo fichero se identifica por un número de expediente y su orden dentro del mismo.

Dirección General de Comercio.

Referencia del servicio: 145/2009/00823.

Datos del fichero propuesto:

— Nombre: PROMOCIÓN DEL COMERCIO.

— Número de orden: 1-C.

1.  Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y EMPLEO. DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO. GRAN VÍA, NÚMERO 24, 28013 MADRID.

3.  Nombre y descripción del fichero: PROMOCIÓN DEL COMERCIO. TRAMITACIÓN DE ACTUACIONES DE FOMENTO DEL COMERCIO DE PROXIMIDAD.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO.

5.  Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE RECOGIDA DE DATOS DE PARTICIPANTES.

6.  Nivel de medidas de seguridad aplicadas: BÁSICO.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF-NOMBRE Y APELLIDOS-DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA)-TELÉFONO-FIRMA/HUELLA.

8. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: DESARROLLO DE ACCIONES PARA EL FOMENTO DEL COMERCIO: CONCURSOS, CAMPAÑAS, ACTUACIONES PROMOCIONALES Y ACTIVIDADES INFORMATIVAS, EDUCATIVAS, LÚDICAS, ETCÉTERA.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: CIUDADANOS EN GENERAL QUE PARTICIPAN EN LAS ACCIONES PARA EL FOMENTO DEL COMERCIO.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL-OTRAS PERSONAS FÍSICAS DISTINTAS DEL AFECTADO O SU REPRESENTANTE.

— Procedimiento de recogida: FORMULARIOS O CUPONES-TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET.

— Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL-SOPORTE INFORMÁTICO/MAGNÉTICO-VÍA TELEMÁTICA.

11. Cesiones: NO SE PREVÉN CESIONES.

Dirección General de Comercio.

Referencia del servicio: 145/2009/00823.

Datos del fichero propuesto:

— Nombre: VENTA AMBULANTE NO AUTORIZADA.

— Número de orden: 2-C.

1.  Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y EMPLEO. DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO. GRAN VÍA, NÚMERO 24, 28013 MADRID.

3.  Nombre y descripción del fichero: VENTA AMBULANTE NO AUTORIZADA. TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES POR VENTA AMBULANTE NO AUTORIZADA Y TRATAMIENTOS ESTADÍSTICOS.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO.

5.  Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE INFRACCIONES DE LA VENTA AMBULANTE NO AUTORIZADA.

6.  Nivel de medidas de seguridad aplicadas: MEDIO.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

— Datos relativos a la comisión de infracciones: INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS (LEY 1/1997, DE 8 DE ENERO, REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID).

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF-NOMBRE Y APELLIDOS-DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA)-TELÉFONO-FIRMA/HUELLA-DATOS VEHÍCULOS (MATRÍCULA, MARCA, MODELO Y COLOR).

8.  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: ERRADICAR LA VENTA AMBULANTE ILEGAL Y LA COMPETENCIA DESLEAL EN EL COMERCIO, ASÍ COMO LA DE PROTEGER AL CONSUMIDOR.

9.  Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: DENUNCIADOS Y DENUNCIANTES DE VENTA AMBULANTE NO AUTORIZADA.

10.  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL-OTRAS PERSONAS FÍSICAS DISTINTAS DEL AFECTADO O SU REPRESENTANTE-ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS O CUPONES-TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET-ACTA-DENUNCIA DE LA POLICÍA MUNICIPAL.

Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL-SOPORTE INFORMÁTICO/MAGNÉTICO-VÍA TELEMÁTICA.

11.  Cesiones: ÓRGANO COMPETENTE EN MATERIA DE COMERCIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de julio de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

(03/23.569/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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