Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090730-0231

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 154 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Álvarez Borja, contra las empresas “Export Áridos y Excavaciones, Sociedad Limitada”, y “Estudios, Promociones y Movimientos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 14 de julio de 2009 del siguiente tenor literal:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Francisca Arce Gómez.—En Madrid, a 14 de julio de 2009.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito con fecha 29 de junio de 2009 por la parte actora, recibido en este Juzgado con fecha 30 de junio de 2009, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta por sentencia de fecha 28 de mayo de 2009 a las empresas “Export Áridos y Excavaciones, Sociedad Limitada”, y “Estudios, Promociones y Movimientos, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Natalia Álvarez Borja y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, tercero, el día 17 de septiembre de 2009, a las nueve y veinte horas de su mañana, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Cítese asimismo al Fondo de Garantía Salarial a los fines legales procedentes.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Export Áridos y Excavaciones, Sociedad Limitada”, y “Estudios, Promociones y Movimientos, Sociedad Limitada”, para el caso de resultar negativa la notificación y citación personal e ignorarse su paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.017/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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