Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090728-0180
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS PARACUELLOS DE JARAMA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Por resolución de Alcaldía de fecha 28 de junio de 2009 se ha adoptado el acuerdo que se traslada a continuación: Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43, 44, 53, 114 y 166 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo: Primero.—Revocar la delegación efectuada a la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento mediante resolución de Alcaldía de fecha 22 de junio de 2007, en relación con el ejercicio de las atribuciones en materia de gestión económica, y concretamente las siguientes: “h) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado; la autorización y disposición o compromiso de gastos, el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos legalmente adquiridos, dentro de los límites de su competencia y en los términos descritos en los artículos 172 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como los expresamente previstos en las bases de ejecución del presupuesto, y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. j) Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del presupuesto y que hubieran sido recibidas por los Servicios de Intervención.” Segundo.—Delegar en los concejales-delegados de Áreas, de conformidad con lo recogido en las bases de ejecución del presupuesto para el ejercicio de 2009, las siguientes atribuciones: a) La autorización de las provisiones de fondos, con carácter de anticipos de caja fija, hasta 600 euros, de conformidad con lo recogido en la base 20, en concordancia con la base 13 de estas bases de ejecución. b) La autorización de gastos relativos a bienes corrientes y servicios con cargo a las partidas presupuestarias del capítulo II, e inversiones reales con cargo a las partidas presupuestarias del capítulo VI, de acuerdo a los siguientes límites, de conformidad con la base 10: — Contratos de obras, hasta 30.000 euros. — Contratos de gestión de servicios públicos, hasta 10.000 euros. — Contratos de suministros, hasta 3.000 euros. — Contratos de servicios, hasta 3.000 euros. c) La autorización de los gastos relativos a las diferentes partidas y conceptos presupuestarios no recogidos en los apartados anteriores, en los límites y cuantías, que se establecen en las referidas bases de ejecución del presupuesto para el ejercicio de 2009. Tercero.—Por otro lado, notificar esta resolución a los interesados, publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en el artículo 44 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre de conformidad con el Reglamento antes citado. Paracuellos de Jarama, a 16 de julio de 2009.—El alcalde (fir- mado). (03/24.547/09) |