Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-07-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090728-0123

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Gestión Urbanística

Subdirección General de Promoción de Suelo

Departamento de Expropiaciones I

Unidad Técnica de Estudios y Proyectos

EDICTO

Por medio del presente edicto, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los titulares que a continuación se relacionan, por las causas que asimismo se indican, el siguiente acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 16 de abril de 2009:

«Primero.—Estimar o desestimar las alegaciones al Proyecto de Expropiación por tasación conjunta correspondiente a la 
Unidad de Ejecución por expropiación del Plan Parcial de Reforma Interior 06.02, “Paseo de la Dirección”, formuladas durante el trámite de información pública, en los términos del informe de contestación a las citadas alegaciones que obra en el expediente.

Segundo.—Aprobar el Proyecto de Expropiación por tasación conjunta correspondiente a la Unidad de Ejecución por expropiación del Plan Parcial de Reforma Interior 06.02, “Paseo de la Dirección”, siendo el Ayuntamiento de Madrid la administración expropiante y el beneficiario de la expropiación, y correspondiendo la gestión a “Dragados, Sociedad Anónima”, como empresa concesionaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 201 y siguientes del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, puestos en relación con el artículo 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Notificar el presente acuerdo aprobatorio de manera individualizada a los titulares de bienes y derechos afectados junto con la hoja de aprecio individualizada, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, según lo dispuesto en el artículo 202.7 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.»

A don Carlos José Fernández Montes, don Daniel Elorrieta López, doña Míriam Fernández García, doña Susana Menéndez Alonso, don Cecilio Bravo Luna, doña Ramona Estrada López, don Juan Miguel Sancho Núñez, don José Fernández Blanco, don Jesús Fernández Blanco, doña Asunción Marianini de Diego, don Juan Íñiguez Martín, don Joaquín Moreno González, doña Maximina Pérez López, don Jesús Villanueva Martínez, doña Dolores Marchamalo Sánchez, “Consulting Inmobiliario Centrohogar”, don José Luis Ricote García, doña Isabel Soto Palomar, doña Jesús Pilar Artega, doña María Teresa Martínez Sánchez, doña María José Linares García, doña Concepción García Tomé, don Nicolás Contreras Fernández, don Eduardo Esteban Hernández y doña Sagrario Aguado Estrecha, a quienes se les comunicó mediante notificación individual que ha sido devuelta por el Servicio de Correos al no haber comparecido a su retirada en el plazo establecido, según lo indicado por ese servicio.

A doña Christian Belinchón Juárez, don Eusebio Cortés Sebastián, don Crescencio Cortés Sebastián, don Isidro Cortés Sebastián, doña Carmen Cortés Sebastián, doña María Paz Corral Gutiérrez, don Francisco Fernández García, don Eduardo Fernández García, doña Julia García Egido, don Lorenzo García Pellón, don Gabino Sanz Garrido, doña Estrella Albornoz de la Calle, don David Torrijos Jurado, doña María Navarro Núñez, don Sebastián Sánchez Cañas, doña Pilar Sánchez Cañas, doña Julia Castillo Blanco, don José Sánchez Cañas, doña Araceli Sánchez Cañas, don Pedro González Ayala, don Jesús González Galindo, don Luis Sanz Garrido, don Manuel Antonio Sánchez Castillo, doña María Victoria Sánchez Castillo, doña María Carmen Sánchez Castillo, “Plaza Calicanto, Sociedad Limitada”, don Eleuterio López Millana, doña Mercedes López Gutiérrez, don Mariano López Escribano, don José Luis López Escribano, doña María López Escribano, doña Mercedes González Bellón, “Espacio Publicidad Exterior, Sociedad Anónima”, doña Mauricia Sebastián Ramírez, doña María Isabel Olano Cano, doña Julia Cuerdo Postigo, don Domingo Mariano López Martín, don Teodoro Casero Ríos, don Manuel Gutiérrez Domínguez, doña Rufina de Blas y Aranda, doña Julia García Sanz, don Miguel García Cano, don Benito Morante Gil, don Rafael Pérez Prieto, don Bienvenido Pérez Gómez, doña Engracia Pérez Gómez, don Tomás Pérez Gómez, doña Carmen Pérez Gómez, doña Carmen Belinchón Juárez, doña María de los Ángeles Belinchón Juárez, don Felipe Martínez Lozano, doña Marina Martín Vallés, don Luis García Ramírez, don Germán Domínguez Adrio, doña Vicenta Bretones Santos, don Marcelino Prado Rado, don Eugenio López Millana, doña Pilar Revilla Costales, don Alfredo Álvarez Arriero, don José Luis Álvarez Arriero, doña Pilar Arriero Barranco, don Antonio Arriero Revilla, doña María Arriero Barranco, doña Cristina García Meca, en representación de “Financo Financiaciones, Sociedad Anónima”, doña Claudia Luisa Leveque Soto, doña Mercedes Velázquez Soto, doña Carmen Felipe Hernández, don Arturo Fernández García, doña Amelia Delgado Ruiz, don Luis Delgado Ruiz, doña María Pilar Ruiz Rodríguez, don Antonio y don Fernando Ruiz Pérez, doña Verónica y doña Yolanda Ruiz Olmos, doña María Nieves Arriero Revilla, don Francisco Pérez Sanz, en representación de herederos de doña Cirila Sanz Nogales, don Bautista Garrido Oliva, doña María Luisa Rodríguez Fernández, don Francisco José Romero Vázquez, doña María Teresa Pascual de la Cueva, don Esteban Moreno Zamora, doña Isabel Sebastián Ramírez, doña Engracia Sebastián Ramírez, don Timoteo Matías Martín, doña Vicenta Belinchón Juárez, don Teófilo Juzgado Pablo y doña Ascensión Delgado López, a quienes se les comunicó mediante notificación individual que ha sido devuelta por el Servicio de Correos al ser desconocidos.

A don Manuel Cañas Chamón y doña Carmen Contreras Fernández, a quienes se les comunicó mediante notificación individual que ha sido devuelta por el Servicio de Correos al tener dirección incorrecta.

A doña Brígida García Sanz, doña María Dolores García Sanz, don Francisco García Sanz, don Donato García Sanz, doña Teresa Lespe Serrano y don Juan Pérez García, a quienes se les comunicó mediante notificación individual que ha sido devuelta por el Servicio de Correos al haber fallecido.

Lo que se publica a los efectos oportunos, significándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. En el supuesto de que se optase por interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será el de dos meses a contar desde el día siguiente al que reciba la notificación, y en el supuesto de desestimación presunta, el plazo de presentación del referido recurso contencioso-administrativo será de seis meses a contar desde el siguiente día en que deba entenderse presuntamente desestimado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, sin perjuicio de que pueda ser ejercitado cualquiera otro recurso que se estime oportuno.

Madrid, a 26 de junio de 2009.—El director de la Oficina del secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.

(02/8.328/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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