Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-07-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090728-0068

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 1 de julio de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación a don Francisco González Alonso, interesado en el expediente VPM 3/2004, de la Orden 1454/2009, de 4 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por don Alberto Sanjurjo Álvarez y don Antonio Palacios Santaella, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de fecha 28 de marzo de 2005.

Intentada sin efecto la notificación a don Francisco González Alonso, interesado en el expediente VPM 3/2004, de la Orden 1454/2009, de 4 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por don Alberto Sanjurjo Álvarez y don Antonio Palacios Santaella, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de fecha 28 de marzo de 2005, dictada en el expediente sancionador VPM 3/2004, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por don Alberto Sanjurjo Álvarez y don Antonio Palacios Santaella, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de fecha 28 de marzo de 2005, dictada en el expediente sancionador VPM 3/2004, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Como consecuencia de la denuncia formulada por don Gerardo Alonso Morales y otros, en su condición de propietarios de las viviendas sitas en la calle Marte, números 78, 80 y 82, y calle Hércules, número 23, de Valdemoro, por deficiencias en las mismas, se inició expediente sancionador VPM 3/2004, en el que tras los trámites oportunos se dictó, con fecha 28 de marzo de 2005, Resolución por la que se acordó:

— Imponer a “ACS Proyectos, Obras y Construcciones, Sociedad Anónima”, una multa de 3.000 euros, como autora de la infracción muy grave tipificada en el artículo 153.C.6 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2114/1968, de 24 de julio, y sancionada en el artículo 57 del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre.

— Imponer a don Alberto Sanjurjo Álvarez y a don Antonio Palacios Santaella una única multa de 1.503 euros, como autores de la infracción muy grave prevista en el artículo 153.C.6 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2114/1968, de 24 de julio, y sancionada en el artículo 57 del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre.

— Imponer a “ACS Proyectos, Obras y Construcciones, Sociedad Anónima”, la obligación de realizar las obras necesarias para subsanar las deficiencias detectadas en la calle Marte, números 78, 80 y 82, y calle Hércules, número 23, de Valdemoro, señalados en el Considerando 7, apartado a), de esta Resolución, concediendo para ello un plazo de sesenta días.

— Imponer solidariamente a don Alberto Sanjurjo Álvarez y a don Antonio Palacios Santaella la obligación de realizar las obras necesarias para subsanar las deficiencias detectadas en la calle Hércules, número 23, tercero, D, de Valdemoro, Madrid, consistente en la insonorización del desvío de bajante de pluviales que discurre por el techo del dormitorio, concediéndoles para ello un plazo de sesenta días.

— Sobreseer el expediente sancionador VPM 3/2004, respecto a don Francisco González Alonso, por haber quedado acreditada la inexistencia de responsabilidades respecto a las deficiencias imputadas.

Segundo

Contra dicha Resolución, don Alberto Sanjurjo Álvarez y don Antonio Palacios Santaella interponen recurso de alzada en el que alegan, en síntesis, la nulidad de la resolución, ya que efectuaron alegaciones a la propuesta de resolución, por lo que solicitan retrotraer las actuaciones a dicho momento y subsidiariamente dan por reproducidas dichas alegaciones.

Tercero

Consta en el expediente que la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido informe al que se refiere el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la estimación del recurso interpuesto.

Cuarto

De conformidad con el artículo 112 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dio traslado del recurso interpuesto a don Gerardo Alonso Morales, don Francisco González Alonso y “Dragados, Sociedad Anónima”, que aparecen como parte interesada en el expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En relación con las cuestiones de fondo se ha de señalar lo siguiente:

La Propuesta de Resolución se notificó a los recurrentes el 28 de febrero de 2005, finalizando el plazo de alegaciones de 17 de marzo del mismo año.

En el presente supuesto, examinada la documentación obrante en las actuaciones, queda acreditado que, si bien es cierto que el escrito de alegaciones tuvo entrada en esta Consejería el 4 de abril de 2005, con posterioridad a la Resolución impugnada, que es de 28 de marzo de 2005, no es menos cierto que dicho escrito se presentó el día 17 de marzo de 2005 en Correos, es decir, dentro del plazo establecido, motivo por el cual procede estimar el recurso de alzada interpuesto y retrotraer las actuaciones al momento del estudio de las alegaciones presentadas a la Propuesta de Resolución.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en el que se propone la estimación del recurso interpuesto,

DISPONGO

Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Alberto Sanjurjo Álvarez y don Antonio Palacios Santaella, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de fecha 28 de marzo de 2005, dictada en el expediente sancionador VPM 3/2004 y retrotraer las actuaciones en la forma expuesta en la presente Orden.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del domicilio del demandante, a elección de este último. Todo ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a l de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/23.599/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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