Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-07-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090728-0037

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad

ANUNCIO

Se notifica la resolución del coordinador general de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid de fecha 1 de julio de 2009, por la que se dispone:

«Primero.—Declarar los vehículos que a continuación se indican en situación de abandono, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, que presume que un vehículo está abandonado cuando transcurren más de dos meses desde su depósito en Base Municipal, y artículo 93 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid, y requerir a su titular para que en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la recepción de esta notificación, retire el vehículo del depósito.

Segundo.—Los propietarios de los vehículos, previamente a su retirada, deberán abonar o garantizar el pago de los gastos que se hayan originado como consecuencia de la retirada y depósito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 7.1 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Retirada de Vehículos de la Vía Pública.

Tercero.—En el supuesto de no proceder a la retirada de los vehículos del depósito en el plazo concedido, se entenderá que se dejan a disposición del Ayuntamiento, que adquirirá su propiedad, procediéndose con base en lo determinado en el artículo 4.3 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, a su entrega a un centro de tratamiento para su descontaminación, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano y artículo 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Retirada de Vehículos de la Vía Pública, los titulares vendrán obligados al pago del importe devengado por los conceptos de traslado y depósito, que deberán abonar en los términos y en los plazos establecidos en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección».

La publicación de este anuncio se efectúa al no haberse podido practicar la notificación en el domicilio de los interesados.

Para la recuperación del vehículo podrá contactar previamente en el teléfono 917 877 292, con el servicio de atención al ciudadano de “Madrid Movilidad, Sociedad Anónima”, en horario de 8.00 a 00.00, donde se le informará del lugar en el que se encuentra su vehículo y de los trámites a realizar, pudiendo, asimismo, obtener informa-
ción en la página web de “Madrid Movilidad, Sociedad Anónima”, www.madridmovilidad.es

El acuerdo objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de este escrito, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin perjuicio de ello, podrá potestativamente interponer en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo que se notifica, conforme a lo que establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Madrid, a 1 de julio de 2009.—El coordinador general de Movilidad, Fernando Autrán Pérez.

(02/8.236/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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