Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090724-0035
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 33 DE MADRID EDICTO Doña Pilar del Blanco Bustillo, secretaria del Juzgado de primera instancia número 33 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario con el número 639 de 2003, a instancias de “Meroil, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don David García Riquelme, contra “Acatrans, Sociedad Cooperativa”, en los que por providencia del día de la fecha he acordado notificar la sentencia de 20 de julio e 2006, dictada en este procedimiento, a dicha demandada, en ignorado paradero, conforme a lo previsto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil “Meroil, Sociedad Anónima”, frente a “Acatrans, Sociedad Cooperativa”, declaro haber lugar a la misma y, en su virtud, condeno a la demandada a abonar a la actora 34.779,50 euros, más el interés legal, con expresa condena en costas a la demandada. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Asimismo, firme que sea la presente resolución, sepa la parte condenada que si en el término de veinte días (artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) a partir de la notificación no cumple el fallo de la presente sentencia, la parte vencedora en el pleito podrá pedir la ejecución forzosa de la misma que generará nuevas costas además de las impuestas en sentencia para la parte condenada. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación a la demandada “Acatrans, Sociedad Cooperativa”, expido el presente en Madrid, a 18 de mayo de 2009.—La secretaria (firmado). (02/6.905/09) |