Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090723-0172
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE ALCALÁ DE HENARES EDICTO Doña Elia Lozano Sanz, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 7 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: En Alcalá de Henares, a 16 de octubre de 2008.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 2, antiguo de primera instancia e instrucción número 3, de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 7 de 2008, sobre imprudencia, entre don Bernabé Paredes Martín y doña María Isabel Calderón Peña, como denunciantes, doña Iris Predestina Barreiro Ekoro, como denunciada, y la entidad “Aseguradora Zurich” y don José Ramón Ondo Ekoro, como responsables civiles, resultando lo siguiente: Fallo Que debo condenar y condeno a doña Iris Predestina Barreiro Ekoro, como autora responsable criminalmente de una falta de imprudencia leve, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, a que indemnice a don Bernabé Paredes Martín en la cantidad de 4.531,50 euros en concepto de lesiones, 748,73 euros por secuelas, 35,53 euros por gastos farmacéuticos y 528,85 euros por perjuicios económicos relativos al coche, todo ello con los intereses legales, y a doña María Isabel Calderón Peña en la suma de 2.041,67 euros por las lesiones, más 748,73 euros por las secuelas e intereses legales, y a las costas de este juicio. De las indemnizaciones responderá directamente la entidad “Aseguradora Zurich”, para quien los intereses serán los prevenidos en el artículo 20 de la Ley de Contratos de Seguros, desde la fecha del accidente y, subsidiariamente, don José Ramón Ondo Ekoro, con los intereses legales. Notifíquese esta resolución a las partes. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Iris Predestina Barreiro Ekoro y don José Ramón Ondo Ekoro, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente. En Alcalá de Henares, a 15 de junio de 2009.—La secretaria (firmado). (03/22.729/09) |

