Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090720-0021

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2009 aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria por crédito extraordinario número 1/2009 y el expediente de modificación presupuestaria por suplemento de crédito número 1/2009, ambos del Patronato Sociocultural.

Habiéndose publicado el anuncio preceptivo de aprobación inicial sin que se haya presentado reclamación alguna, procede considerarlas definitivamente aprobadas a tenor de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000 del texto refundido de las Haciendas Locales, y entrarán en vigor con la publicación del presente anuncio:

Modificación presupuestaria por crédito extraordinario número 1/2009

ESTADO DE INGRESOS

estado de gastos: suplemeNto de crédito

Dicha modificación del presupuesto será financiada con el remanente líquido de tesorería que al día de la fecha arroja el siguiente estado:

— Remanente inicial: 0 euros.

— Modificación: 383.500 euros.

— Final: 383.500 euros.

Utilizado en el actual expediente:

— Financiación afectada: 0 euros.

— Gastos generales: 383.500 euros.

Remanente disponible:

— Financiación afectada: 0 euros.

— Gastos generales: 3.781.2262,17 euros.

Modificación presupuestaria por suplemento de crédito número 1/2009

ESTADO DE INGRESOS

ESTADO DE GASTOS: SUPLEMENTO DE CRÉDITO

2.  La modificación del presupuesto será financiada con el remanente líquido de tesorería que al día de la fecha arroja el siguiente estado:

— Recursos disponibles al inicio del ejercicio 1 de enero de 2009:

Alcobendas, a 14 de julio de 2009.—El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/24.432/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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