Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090718-0041
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
2008P1312 ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 9 de octubre de 2008 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa de la instalación de una nueva subestación, 45/15 kV, denominada ST “Esparragal”, de la que se acompaña el correspondiente anteproyecto, firmado por don Francisco J. Juárez Carballeda, con visado número 200811237, en fecha 25 de agosto de 2008, en el Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid. Segundo Asimismo, acompaña a dicha solicitud informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (SEA 9.544), de fecha 6 de agosto de 2008, en el que se resuelve la no necesidad de elaboración del Estudio de Impacto Ambiental al que se refiere la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2002). Tercero Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000). Cuarto En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación en las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997), la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984). Segundo Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas, RESUELVE Primero Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, la instalación de una nueva subestación denominada STR “Esparragal” (2008P1312-ISE133), a instalar en parcela ZV 15 del PP “Los Molinos”, del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, del término municipal de Getafe, cuyas características son las siguientes: 1. Sistema de 45 kV. Estará compuesto por un conjunto de cabinas metálicas blindadas en instalación de interior. El aislamiento de las mismas es de SF6 y su configuración eléctrica será el de doble barra, con las siguientes posiciones: — Línea 1. — Línea 2. — Línea 3. — Línea 4. — Línea 5. — Transformador 1. — Transformador 2. — Transformador 3. — Enlace longitudinal. — Remonte. — Enlace transversal. — Medida 1. — Medida 2. 2. Transformación. La transformación se llevará a cabo por medio de tres máquinas de similares características eléctricas, siendo estas trifásicas y sumergidas en baño de aceite para su refrigeración. La relación de transformación será 45/15 kV y la potencia de los mismos será de 20/20 MVA dependiendo de la refrigeración empleada: Refrigeración natural o forzada (ONAN/ONAF). Estos irán situados en el interior de cubículos de hormigón. 3. Sistema de 15 kV. Estará compuesto por un conjunto de cabinas metálicas blindadas en instalación interior. El aislamiento de las mismas es de SF6 y su configuración eléctrica será el de doble barra con las siguientes posiciones: — 18 posiciones de línea. — 3 posiciones de transformador. — 3 posiciones de batería de condensadores. — 2 posiciones de servicios auxiliares con medida. — 4 posiciones de partición de barras. — 4 posiciones de unión de barras. — 3 posiciones de enlace de barras. — 3 posiciones de medida. 4. Elementos auxiliares. Los sistemas eléctricos de potencia se complementarán con los siguientes elementos: — 3 reactancias de puesta a tierra en 15 kV. — 3 baterías de condensadores en 15 kV de 5,4 MVAr. — 2 transformadores de servicios auxiliares de 15/0, 420-0,242 kV y 50 KVA. Segundo La presente autorización administrativa se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos. Tercero La presente autorización administrativa no supone autorización de construcción de la instalación, excepto las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento, hasta que no presente el proyecto de ejecución y se resuelva sobre su aprobación. Cuarto El correspondiente proyecto de ejecución deberá ser presentado en el plazo de un año desde la presente autorización administrativa. En caso de superarse dicho plazo caducará la presente autorización administrativa. Quinto Los trabajos de ejecución del proyecto de ejecución deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de fecha 6 de agosto de 2008. Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999. Madrid, a 7 de mayo de 2009.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (02/6.314/09) |

