Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-07-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090716-0070

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

Área de Gobierno de Medio Ambiente

ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Rectificar los errores materiales advertidos en los artículos 3.2, 4.2 y 31.1.b) del texto de la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 30 de enero de 2009, en el siguiente sentido:

Artículo 3.2.  Donde dice: “Para autorizar las acciones publicitarias efímeras, definidas en el artículo 1.2.c), se tendrá en consideración su impacto y repercusión en el paisaje urbano”; debe decir: “Para autorizar las acciones publicitarias efímeras, definidas en el artículo 1.2.d), se tendrá en consideración su impacto y repercusión en el paisaje urbano”.

Artículo 4.2.  Donde dice: “Se establecen como vías especiales las denominadas vías de circulación rápida, que se definen en el artículo 1.1.j), y las vías comerciales constituidas por los ejes terciarios regulados en las normas urbanísticas del PGOUM”; debe decir: “Se establecen como vías especiales las denominadas vías de circulación rápida, que se definen en el artículo 1.2.j), y las vías comerciales constituidas por los ejes terciarios regulados en las normas urbanísticas del PGOUM”.

Artículo 31.1.b).  Donde dice: “En los macizos de fábrica entre huecos de planta baja, únicamente en forma de logotipo, marca o texto compuesto con letra suelta inscribible en un polígono con una superficie máxima de 30 centímetros cuadrados y un saliente de 5 centímetros”; debe decir: “En los macizos de fábrica entre huecos de planta baja, únicamente en forma de logotipo, marca o texto compuesto con letra suelta inscribible en un polígono de superficie no mayor a 30 centímetros de lado y un saliente de 5 centímetros”.

Segundo.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID este acuerdo y el texto de la rectificación de errores del texto de la ordenanza que constituye su objeto.»

La ordenanza de la que trae causa esta corrección fue íntegramente publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de febrero de 2009.

Madrid, a 29 de junio de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/22.672/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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