Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-07-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090715-0255

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE TOLEDO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 367 de 2009 de este Juzgado de lo social seguido a instancias de don Isidoro Montalvo Collado, contra don Juan Carlos Ortega Calvo, “Actuaciones Urbanísticas San Juan Torrejón, Sociedad Limitada”, y “Ceide Torrejón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por don Isidoro Montalvo Collado, contra “Actuaciones Urbanísticas San Blas Torrejón, Sociedad Limitada”, “Ceide Torrejón, Sociedad Limitada”, y don Juan Carlos Ortega Calvo, sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, readmitan al demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, o bien, le indemnicen con la suma de 11.304,96 euros, condenándoles, igualmente, y en todo caso, a que le abonen los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de la notificación de esta sentencia a razón de 62,80 euros/día; debiendo advertir, por último, a las empresas que la opción señalada habrá de eectuarse ante este Juzgado de lo social en el plazo de los cinco días siguientes desde la notificación de la sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Se tiene por desistida a la parte demandante de la demanda ejercitada frente a “Proinsur Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredita la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta del Juzgado o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la cuenta del Juzgado, presentando el resguardo, correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Actuaciones Urbanísticas San Blas Torrejón, Sociedad Limitada”, “Proinsur Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, y “Ceide Torrejón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 15 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.879/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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