Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090714-0034

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLANUEVA DEL PARDILLO

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en aplicación de la normativa vigente en materia de procedimiento, en concreto lo dispuesto en el número 4.a) del artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las competencias que le han sido delegadas en virtud de resolución de la Alcaldía­Presidencia, de 18 de junio de 2007, en sesión celebrada el día 4 de junio de 2009, adoptó acuerdo de admisión a trámite y aprobación inicial del proyecto de modificación número 1 del Plan Parcial del Sector SUZ II-3 del Plan General de Ordenación Urbana, y proceder a cumplir el trámite de información pública, notificándose individualmente a todos los propietarios afectados, insertándose edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y periódico de tirada nacional e instándose, sumultáneamente, los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos.

Dando cumplimiento a lo acordado, el acuerdo municipal de que se trata el expediente de tramitación, así como la modificación del Plan Parcial, se someten a información pública por plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan proceder a su examen en las dependencias de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento en días y horas de oficina y formular, en su caso, las alegaciones que se estimen oportunas, mediante escrito presentado al efecto en el Registro General, en el indicado plazo.

En Villanueva del Pardillo, a 16 de junio de 2009.—El alcalde-presidente, Juan González Miramón.

(02/7.640/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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