Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090714-0201
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 90 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Sindicato de Comercio, Hostelería y Turismo de Madrid CCOO, contra don Tsehay Tadesse Kebede, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Diligencia.—En Madrid, a 17 de junio de 2009. La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 29 de enero de 2009 ha tenido entrada en este Juzgado la anterior demanda de jura de cuentas, de lo que paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe. Auto En Madrid, a 17 de junio de 2009. Parte dispositiva: En su virtud, visto el precepto citado, y demás de general y pertinente aplicación, dispongo: a) Despachar ejecución a instancias del letrado don Ángel Moisés Grande, contra don Tsehay Tadesse Kebede, por la cantidad de 1.035,65 euros, más 103,57 euros para costas y 103,57 euros para intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes don Tsehay Tadesse Kebede que se hallen en su domicilio de la calle Guancha, número 4, tercero D, 28017 Madrid, librando a tal fin testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda el embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. c) Trabar embargo de los bienes del demandado en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor jefe provincial de Tráfico, ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Gerencia de Gestión Catastral y al señor director de la Agencia Tributaria. En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos y las cantidades pendientes de devolución por la Agencia Tributaria. Asimismo, se acuerda el embargo de los saldos acreedores, depósitos de ahorro o análogos. Notifíquese la siguiente resolución a las partes. Modo de impugnación: no cabe recurso alguno contra la misma. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Tsehay Tadesse Kebede, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/21.839/09) |

